Una mirada a la nueva Ley de donación de órganos en Chile:

La polémica prioridad para los donantes 

Autores: Rojas Delgado Paula, Gutiérrez Montaña Mariana, Rojas Rivera Javier, Saavedra Ávila Lorena, Ñancupil Reyes Waleng

Resumen

La modificación de la Ley N°19.451 causó un gran revuelo mediático y descontento en la población. En su artículo 2°, esta Ley dio prioridad para la recepción de un órgano, en caso de que varias personas se encuentren en igualdad de condiciones, para quien está registrado como donante de órganos respecto de quien no lo está. Con esta Ley el modelo de consentimiento pasa a ser presunto, universal y restringido. De esta forma se introduce una medida de “incentivo/obligatoriedad” para aquellos que no desean ser donantes. En el contexto de la baja tasa de donaciones de órganos que se hacían efectivas en Chile surge la idea de modificar la Ley, pero, ¿es esta la forma más adecuada de convencer a la población para que no expresen su negativa? El éxito del modelo español en donación de órganos se basa en gran medida en mejorar el conocimiento acerca de este proceso y en una buena legislación. La donación de órganos es un voto a favor de la vida y, por tanto, debiera ser válida para todos, independiente de su modo de pensar, por lo que esta modificación de la Ley iría en desmedro de ciertos derechos constitucionales.

Palabras clave: Trasplante de órganos; aplicación de la ley; negativa a participar; religión y medicina.

2015-02-03   |   1,866 visitas   |   8 valoraciones

Vol. 62 Núm.3. Julio-Septiembre 2014 Pags. 477-480 Rev Fac Med Univ Nac Colomb 2014; 62(3)