Anticoncepción intrauterina en mujeres nulíparas como estrategia para disminuir los embarazos no planeados en América Latina

Autores: Lira Plascencia Josefina, Bahamondes L, Bahamondes MV, Fugarolas JM, Kosoy G, Magalhaes J, Paez Fonseca B, Perfumo PR

Resumen

Antecedentes: Debido a las altas las tasas de embarazo no planeado y aborto inseguro en mujeres jóvenes de América Latina la anticoncepción intrauterina, por su gran eficacia, debiera ofrecerse en los servicios públicos de salud de una manera más generalizada. Sin embargo, en la percepción de sus ventajas prevalecen algunos prejuicios negativos. Objetivo: Explorar los mitos más relevantes en torno a este método anticonceptivo en Latinoamérica y revisar la bibliografía para disipar los temores de su uso por mujeres jóvenes y nulíparas. Método: Estudio descriptivo y retrospectivo consistente en la búsqueda de información en: Embase y PubMed con insistencia en estudios clínicos con asignación al azar, estudios de casos y controles, metanálisis y revisiones sistemáticas que mostraran riesgos y ventajas de la anticoncepción intrauterina. Resultados: La evidencia demuestra que la anticoncepción intrauterina tiene escasas contraindicaciones en mujeres jóvenes y nulíparas; por ello debe situarse como una estrategia eficaz de salud pública para la disminución de embarazos no planeados y abortos inseguros. Conclusión: Se identificaron las principales barreras para el uso de la anticoncepción intrauterina en América Latina y la evidencia para cada una de ellas en la bibliografía. Los médicos de primer contacto en los sistemas de salud debieran reconocer que la anticoncepción intrauterina es segura y eficaz.

Palabras clave: Anticoncepción intrauterina anticonceptivos orales combinados anticonceptivos reversibles de larga duración dispositivo intrauterino de cobre sistema intrauterino liberador de levonorgestrel embarazo no planeado nulíparas.

2014-04-30   |   614 visitas   |   Evalua este artículo 0 valoraciones

Vol. 82 Núm.2. Enero 2014 Pags. 111-122 Ginecol Obstet Méx 2014; 82(2)