Información genómica

Autor: Albarellos Laura A

Fragmento

Buenas tardes. Un especial agradecimiento a CONAMED por esta invitación. Ya que mi especialidad es el Derecho Genómico, una rama realmente nueva que creo que rompe con esa frontera clásica que hubo entre médicos y abogados. Hoy me gustaría mucho hablarles sobre la problemática existente respecto del consentimiento informado en la investigación genómica de menores e incapaces, que realmente es una cuestión altamente preocupante. Yo comenzaría a hablarles de qué es lo que sucede en México para poder llegar hacia lo que es, no sé si llamarle regulación, porque realmente es una existencia o una declaración de meros deseos internacionales, lo único con lo que se cuenta en este momento. México, a través de la Ley General de Salud en su título quinto, estamos hablando de los artículos 96 a 103 y el Reglamento de esta misma Ley en materia de investigación para salud; es decir, capítulo Tercero, donde nos encontramos más o menos, por los artículos 34 a 39, señala que: es posible realizar la investigación genómica en menores e incapaces; específicamente nos dice que esta investigación sea de carácter no terapéutico. Pero puntualiza que será posible siempre y cuando el riesgo que corra este menor o incapaz sea mínimo o bien ofrezca posibilidades de beneficencia para el resto de la comunidad que se encuentre en el mismo grupo, valga decir incapaces o en el mismo tópico de edad.

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2004-04-30   |   946 visitas   |   4 valoraciones

Vol. 12 Núm.28. Abril-Junio 2003 Pags. 79-83 Rev CONAMED 2003; 8(Esp.)