Comité de bioseguridad en un hospital general de tercer nivel de atención médica

Autor: de la Huerta Sánchez Rafael

Fragmento

El uso de las radiaciones ionizantes para fines médicos y terapéuticos se ha incrementado en las últimas décadas, incluyendo sofisticaciones de procedimientos preventivos, como por ejemplo, la irradiación intraluminal con Iridio 192 para evitar la fibrosis causa de nueva obstrucción de las angioplastias. Lo anterior hace que invariablemente una cantidad importante de personal de planta de cualquier Hospital, se encuentre en contacto directa o indirectamente, con fuentes generadoras de radiación, y que potencialmente estén en riesgo de recibir dosis elevadas de radiación, de no tomarse en cuenta los cuidados específicos para prevenir daños, cuidados que se encuentran bien definidos por la Comisión Internacional de Energía Atómica, los cuales son adaptados por nuestras Instituciones en donde se señala que deberá mantenerse la dosis de radiación tan baja como razonable y económicamente sea posible (concepto Alara). En México el control del uso de la radiación para fines pacíficos esta contemplado en el Artículo 27 de la Constitución, incluyendo su uso en el área médica, el cual se encuentra regulado por diferentes Secretarías de Estado entre ellas mencionaremos: Secretaría de Gobernación, Secretaría de la Defensa Nacional, Secretaría de Salud, Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Secretaría de Minas e Industria Paraestatal a través de la Comisión Nacional de Seguridad Radiológica (Reglamento de Seguridad Radiológica 1988) y del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares.

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2004-05-17   |   2,829 visitas   |   Evalua este artículo 0 valoraciones

Vol. 65 Núm.6. Noviembre-Diciembre 1997 Pags. 179-182 Cir Ciruj 1997; 65(6)