Completo

Colegio de Médicos del Estado de Guanajuato, Federación Médica Estatal, A.C. (1996-1999) 1. Cumplir siempre con el código deontológico de la profesión y de Ética del Colegio. 2. Conocer las obligaciones y los deberes con los pacientes, cumplimentando los documentos oficiales y respetando estrictamente los horarios. 3. Escuchar detenidamente al paciente en cuanto a su sintomatología y aplicar una apropiada comunicación y sus herramientas. 4. Explicar el diagnóstico en forma clara y sencilla, así mismo el tratamiento, los riesgos y las secuelas que este último puede tener. Observando sus valores y preferencias. 5. No abandonar jamás al paciente. 6. No invadir especialidades para las cuales no se tiene conocimientos y reconocimiento oficial. Evitando arriesgar la seguridad del paciente. 7. No examinar al paciente o la paciente sin la presencia de una enfermera o en su defecto de uno de los familiares. 8. Tratar al paciente con cortesía, educación y respeto. Dirigiéndose a él por su nombre, omitir la confianza excesiva y las caricias innecesarias. 9. Elaborar conforme a la norma y mantener bajo resguardo el expediente clínico. 10. Jamás criticar sin evidencias el diagnóstico y trabajo efectuado por otros compañeros. Otorgar cuando lo solicite el paciente, un resumen clínico completo. 11. Advertir siempre que la medicina no es una ciencia exacta, por lo tanto abstenerse de asegurar que el enfermo se curará en su totalidad con el tratamiento establecido. Aclarando siempre los diagnósticos diferenciales y porcentajes de éxito en término de probabilidades demostradas y basadas en la mejor evidencia científica. 12. Ante pruebas de diagnóstico, tratamientos agresivos e intervenciones quirúrgicas o con riesgo, pedir la aceptación del consentimiento informado al paciente, los familiares, los representantes legales o los responsables y su firma. Aclarando siempre los objetivos y alcance de los mismos, en forma veraz y comprensible conforme su nivel cultural. 13. Respetar la confidencialidad y el secreto profesional. 14. Los adjuntos y ayudantes deben de tener siempre la correspondiente autorización para realizar cualquier cambio de indicación o intervención quirúrgica por mínima que sea. 15. Se deben disponer y utilizar racionalmente todos los medios adecuados para la práctica profesional y recurrir a los apoyos paraclínicos de calidad (laboratorios de patología clínica, histopatología, imaginología, etc.) para llegar a un diagnóstico más eficaz. 16. No efectuar procedimientos quirúrgicos o tratamientos especiales en áreas habilitadas que no cumplen con las Normas específicas. 17. Evitar participar en componendas o practicar la Dicotomía por el envío de pacientes a médicos, laboratorios o gabinetes, ni tampoco con recetar medicamentos por buscar beneficios. 18. Si no se está seguro del diagnóstico, debe canalizar al paciente con el especialista o lo especialistas que san necesarios, reconociendo en todo momento nuestras limitaciones profesionales para evitar el error. 19. Prescindir lo más posible de dar diagnósticos y tratamientos por vía telefónica. 20. Actualizarse continuamente en su especialidad o área clínica y documentarla y trabajar bajo procesos y procedimientos controlados. 21. Antes de recetar un medicamento (en especial de reciente aparición) estudiar detenidamente los efectos colaterales del mismo, así como sus contraindicaciones, interacciones y potencializaciones al usarse con otros fármacos (Eventos adversos). 22. Realizar las historias clínicas y procedimientos de acuerdo a lo que marcan las Normas Oficiales correspondientes de la Secretaría de Salud. 23. En caso de demanda, no tratar de modificar la historia clínica ni el expediente clínico. DOCUMENTO CONSENSUADO CON LOS COLEGIOS Y SOCIEDADES ASOCIADAS, APROBADO EL 17 DE DICIEMBRE DE 1996.

Palabras clave: Demandas mala práctica atención médica deontología

2004-06-25   |   1,543 visitas   |   4 valoraciones

Vol. 6 Núm.11. Enero-Abril 2000 Pags. XII-XIII Calimed 2000; 6(11)