Peritaje forense y responsabilidad del perito

Autor: Romo Pizarro Osvaldo

Fragmento

Objetivos generales de la peritación médico legal. Se afirma que la prueba pericial es una prueba “sui generis”, toda vez que los peritos sin tener el carácter de testigos o jueces, aparecen en la expedición del informe como testigos abonados de hecho, o bien, como jueces, cuando aplican sus conocimientos científicos y determinan consecuencias respecto de los hechos investigados. Es por esto que el peritaje, en general, deviene en un acto grave e importante para quien depende de sus conclusiones, como así también, para la propia administración de justicia donde debe resolverse “científicamente” la cuestión sometida al conocimiento del experto; recordamos lo que el insigne Messel enseñaba: “que de la calidad del informe pericial, dependía en gran parte la calidad del juicio”. Explicaba en esta forma la base de sustentación que el hecho investigado en la peritación otorgaba al juez, a fin de que éste con las pruebas rendidas en el proceso llegara a la certeza legal indispensable para la resolución definitiva de la cuestión debatida. De ahí que el enfoque práctico de la ciencia médico-legal, cual es, la peritación médico- legal, responde a una ciencia que no es exacta en sus conclusiones y que se encuentra ligada en su aplicación a un heterogéneo y complejo cúmulo de antecedentes que si bien de naturaleza científica, deberán ser analizados en el mareo de una metodología que es impuesta por la particular estructura de cada ser humano y además, lo circunstancial de su entorno. Mediante este peritaje que también es llamado forense, se aportan los elementos de certeza o de simple valoración que decidirán el resultado en un proceso o –en su caso-servirá para la expedición de una resolución judicial que posteriormente devengue en derechos u obligaciones de las partes en un proceso incoado. Con esto se presta la in-dispensable asesoría científica a la administración de justicia y con cierta ocurrencia, a la autoridad administrativa la que deberá resolver según estos conocimientos. En esta forma el perito médico-legal transfiere la verdad objetiva producto de su análisis, en la producción de operaciones científicas, en forma independiente de los postulados o principios científicos en que ella se fundamenta, obteniendo una certeza física de los hechos investigados, con los cuales llega a su propia certeza pericial. De ahí la necesidad de este medio probatorio pericial, el cual otorga validez y fundamento a la respectiva resolución de naturaleza jurídica, subsumiendo en esta forma en ella, las razones científicas que la estructuran -ahora- convertida en norma. Se trata entonces en la peritación médico-legal, de llegar a la verdad científica que corrobore la hipótesis de trabajo trazada por el especialista o experto pericial, lo que no siempre será de total obtención por el mismo, sea por falta de medios, preparación o simplemente de oportunidades.

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2005-01-11   |   21,507 visitas   |   Evalua este artículo 0 valoraciones

Vol. 13 Núm.33. Octubre-Diciembre 2004 Pags. 16-18 Rev CONAMED 2004; 9(4)