Ensayo clínico diagnóstico con extracto alergénico de Blomia tropicalis en adultos alérgicos y voluntarios sanos.

Autores: Rodríguez Santos Olimpio, Benítez Trujillo Mariel, Jove Morales Vladimir, Labrada Rosado Alexis

Resumen

Antecedentes: En Cuba no existen antecedentes de estudios realizados para demostrar la eficacia de una prueba diagnóstica de alergia Blomia tropicalis a pesar de ser uno de los principales ácaros responsables de esta enfermedad humana que sólo en Cuba afecta a más de 2, 200,000 personas. Objetivos: Evaluar el extracto alergénico Blomia tropicalis producido en el Centro Nacional de Biopreparados (BioCen), en la prueba de punción cutánea como diagnóstico de alergia a este alergeno existente en todos los países tropicales y subtropicales. Material y método: Se seleccionaron 50 pacientes con historia clínica positiva de alergia al polvo casero y 50 personas sanas. A todos se le realizó la prueba por punción cutánea en duplicado, con dos diluciones del extracto (20 000 UB/mL y 2 000 UB/mL) y controles positivos y negativos. Se midió el diámetro medio del habón y el diámetro ortogonal y se calculó la media. Se calculó la media del tamaño del habón de los duplicados, lo que constituyó el tamaño de la reacción. La validez de la prueba se estimo calculando la sensibilidad y especificidad. Para ello se utilizo el programa EPITABLE. Resultados: La prueba cutánea fue positiva en 78% de los enfermos y en 6% de los sanos, para una sensibilidad de 78%, intervalo de confianza (IC) 63.7-88.0 y una especificidad de 94%, IC 82.5-98.4. El valor predictivo positivo fue de 92.9%, IC 79.4-98.1 y el valor predictivo negativo de 81%, IC 68.2-89.7. Conclusiones: El extracto alergénico de Blomia tropicalis producido en BioCen es eficaz como prueba para el diagnóstico de alergia a este ácaro.

Palabras clave: Alérgicos Blomia tropicalis diagnóstico especificidad sensibilidad.

2002-12-24   |   1,415 visitas   |   Evalua este artículo 0 valoraciones

Vol. 47 Núm.2. Marzo-Abril 2000 Pags. 58-60 Rev Alergia Mex 2000; 47(2)