Autor: Bello Pizarro Juan Carlos
Vamos a hacer el ejercicio de suponer que se ha iniciado un juicio oral por una presunta negligencia médica. Las primeras preguntas del interrogatorio al médico ante un juez de garantía -después del nombre y del Rut- probablemente serán: ¿cuál es su profesión? y ¿tiene usted alguna especialidad? Las respuestas a tales interrogantes, perdonen la obviedad, deben ser probadas. Un medio idóneo y apto para probar judicialmente la especialidad es la acreditación de pertenencia a la sociedad científica respectiva. Siguiendo adelante con este ejercicio de juicio, el juez deberá conocer lo que testigos de los hechos (médico ayudante, anestesista, etc.) deban aportar al conocimiento cabal del acto médico investigado. Estos testigos serán interrogados respecto de lo que conocieron, pudiendo incluso transformarse en testigos expertos, (esto es, quienes habiendo conocido los hechos, pueden emitir determinadas opiniones que serán consideradas por el juez al momento de fallar, dado su especial oficio o arte). La calidad de experto, se acreditará nuevamente, entre otras formas, con la pertenencia a una sociedad científica. Más adelante, en el desarrollo de nuestro juicio simulado por presunta mala praxis, el juez deberá evaluar las conductas médicas desplegadas por el facultativo cuestionado. Para ello requerirá imprescindiblemente el aporte de una prueba pericial experta que dé cuenta de la ponderación de los pares, esto es, de quienes ostentan la misma profesión y especialidad que el médico cuestionado. En este ámbito, son peritos de alta credibilidad aquellos que han sido nombrados y/o pertenecen a las sociedades científicas dadas la claridad y experticia de sus comentarios y la consistencia de sus conclusiones en los casos por presunta mala praxis.
2010-01-27 | 873 visitas | Evalua este artículo 0 valoraciones
Vol. 61 Núm.6. Noviembre-Diciembre 2009 Pags. 503 Rev Chil Cir 2009; 61(6)