Autor: Agüero Boza Dolores Isabel
En la presente exposición, se analizará si el traductor se considera y protege por las normas del derecho de autor como creador de obras, con particular referencia a la legislación nacional, pero antes se debe hacer un poco de historia. Según Daniel Rocha, en su artículo El traductor y el derecho de autor, este siempre desempeñó un papel importante en el desenvolvimiento cultural de los pueblos, llevó el progreso literario, artístico y científico al resto de su nación y describió sus orígenes: los bárbaros romanos, vencedores en los campos de batalla, rendidos a fuerza de una civilización que abrió nuevos caminos; los vencidos, apresados como esclavos, portadores de una elevada cultura, se emplearon en las casas de la naciente nobleza para llevar al latín los textos reveladores del elevado conocimiento de la Grecia antigua. El traductor, según Rocha, se consideró inicialmente como trabajo esclavo, por muchos años como trabajo secundario, anónimo, sin exigencias de mayores credenciales, ni mayor aprecio. Por iniciativa de Víctor Hugo en 1837, se celebró en Francia la primera Asamblea de las Gentes de Letras, conformada por los autores literarios, para reclamar sus derechos como autores, así quedó constituida en París, la Asociación Literaria y Artística Internacional, su presidente inicial fue este célebre novelista...
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2003-01-20 | 709 visitas | Evalua este artículo 0 valoraciones
Vol. 9 Núm.2. Mayo-Agosto 2001 Pags. 149-154. Acimed 2001; 9(2)