El acto médico-odontológico

Autor: Carballo Junco José Antonio

Fragmento

Hablar del acto médico-odontológico, uno de los conceptos de mayor importancia y problemática para el Derecho a la Salud, obliga a su definición como un conjunto de acciones que recibe el usuario o paciente en los servicios de salud, las cuales tienen como objeto la recuperación del paciente y son realizadas por un profesional de la salud. El acto médico-odontológico posee las siguientes características: Profesionalidad: Sólo puede ser realizado por personal de salud debidamente entrenado (de ahí el término facultativo). Ejecución típica estandarizada. En términos de la lex artis ad hoc el personal de salud sólo puede realizar las acciones que han sido tenidas por válidas a la luz de la literatura médica aceptada. Su finalidad lícita, no es otra que proteger la salud. Licitud. El acto médico-odontológico es legítimo cuando se realiza en apego a la ley. La lex artis ad hoc y se ha recabado en debida forma el consentimiento del paciente o su representante legal.

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2010-11-03   |   4,753 visitas   |   6 valoraciones

Vol. 4 Núm.44. Marzo 2008 Pags. Odont Moder 2008; 4(44)