Mala praxis en medicina estética

Autor: García Víctor

Fragmento

Hablamos de mala praxis en el área de la salud, cuando ocurra un daño provocado en la salud de un individuo, sea éste parcial o total, limitado en el tiempo o permanente, como consecuencias de un accionar profesional realizado con imprudencia o negligencia, impericia o por inobservancia de los reglamentos o deberes a su cargo con apartamiento de la normativa legal aplicable. Venezuela se caracteriza por tener una población general que se ocupa de manera importante de los requerimientos estéticos de su persona, independientemente de su nivel socioeconómico. Debido a ello, tenemos una gran demanda con una abundancia de establecimientos dedicados al embellecimiento: peluquerías, barberías, gimnasios, atención podológica, centros de odontología, centros de cosmetología, unidades médicas y consultorios estéticos y unidades ambulatorias de cirugía plástica. Frente a cada una de las disciplinas anteriormente mencionadas se hace fundamental que el personal esté perfectamente capacitado y entrenado para las labores que ejercerá, obteniendo para ello los títulos correspondientes en relación a su grado de instrucción y nivel académico. Sin embargo, llama poderosamente la atención de que pareciera que en algunas ocasiones esto no ocurre, lo que conlleva a que aparezcan efectos indeseables y alteraciones de la imagen que conllevan a daños biológicos, psicológicos y sociales, en ocasiones inclusive irreparables. La medicina estética o estética médica, lamentablemente no escapa de ello, teniendo hoy en el país un elevado porcentaje de personas cuya salud se ha visto mermada por la aplicación de tratamientos con productos inadecuados, mal manejo de técnicas y la acción médica de personal no capacitado para ello.

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2013-02-27   |   1,555 visitas   |   Evalua este artículo 0 valoraciones

Vol. 2 Núm.4. Julio-Diciembre 2012 Pags. 6-10 Act.Biocl. 2012; 2(4)