Secreto médico.

Confidencialidad e intimidad 

Autores: Amor Villalpando Alberto, Sánchez Granados Porfirio

Resumen

En cuanto a secreto, hay tres clases: Secreto Natural, Secreto Prometido y Secreto Pactado, y el Secreto médico nace de la relación médico-paciente y/o con otras personas, dado que la relación médico-paciente es un Contrato Tácito, legitimándose con la receta expedida por el médico, y con el expediente clínico, médico, ético y legal. Además está tutelado en el Código Penal en los artículos 210 y 211. En lo que respecta a confidencialidad, el paciente es el titular de la confidencia, en tanto el médico es el depositario y por lo tanto, confidente, y queda como secreto entre ellos. No existe conforme a Derecho algo que lo tutele. Intimidad debe girar entre dos polos, que son: la intimidad y la comunicación, pues no puede existir vida personal sin encuentro interpersonal. En el Código Penal no está tutelado con el nombre de intimidad, sino como daño moral a la vida privada, Artículo 1916, y a nivel internacional en la Declaración Universal de los Derechos Humanos en el Artículo 12.

Palabras clave: secreto médico confidencialidad e intimidad marco jurídico valor moral.

2003-03-07   |   3,134 visitas   |   Evalua este artículo 0 valoraciones

Vol. 53 Núm.2. Marzo-Abril 1999 Pags. 157-160. Rev Sanid Milit Mex 1999; 53(2)